Trabajo Social

Valoración de la discapacidad ¿ La solicito?

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Por Jon Barriola Trabajador Social de Ademgi Los tiempos cambian y así como se está avanzando mucho en todo lo relativo a la Esclerosis Múltiple, afortunadamente la terminología también evoluciona. […]

Por Jon Barriola Trabajador Social de Ademgi

Los tiempos cambian y así como se está avanzando mucho en todo lo relativo a la Esclerosis Múltiple, afortunadamente la terminología también evoluciona. Hemos pasado de ser ‘subnormales’ a ser personas con discapacidad intelectual; de ser ‘minusválidos’ e ‘inválidos’ a ser personas con discapacidad o diversidad funcional y no personas con ‘menos valor’ o ‘sin valor’.

Aunque no parezca relevante, el uso incorrecto de la terminología ha supuesto, y supone, tal barrera que a muchas personas les hace dudar sobre si solicita o no la valoración de discapacidad. Cabe aclarar que la solicitud de esta valoración en ningún caso debe considerarse como una petición de ayuda sino que supone el reconocimiento de un derecho que nos corresponde por cumplir unas determinadas condiciones.

La discapacidad es un fenómeno complejo que refleja una interacción entre las características del organismo humano y las características de la sociedad en la que vive. Su valoración no es más que la valoración de un profesional que evalúa tu situación personal (salud, características sociales relevantes, etc.) y tu relación con el entorno. Evidentemente, cuanta más información aportemos a la persona que nos va a valorar, mejor se reflejará la realidad que estamos viviendo.

Por todo ello, antes de solicitar la valoración, conviene que vayamos recopilando todo tipo de informes que puedan aportar información relevante sobre nuestra situación actual. Para solicitar la valoración de discapacidad, la persona interesada deberá acudir a su Trabajador/a Social de los Servicios Sociales del municipio en el que esté empadronada y realizarlo por mediación suya.

Rellenará la solicitud y aportará el DNI, un informe de salud básico (completado por el médico de cabecera) y todos los informes que haya recopilado. Posteriormente será citada por la Diputación Foral en el Centro de Valoración de la Discapacidad que le corresponda, pasará la valoración y recibirá mediante correo certificado y en un plazo máximo de 3 meses la resolución en su domicilio. Dicha resolución recogerá el grado de discapacidad, el cual se mide en forma de porcentaje, y el baremo para la determinación de la existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos.

Para ser reconocida como persona con discapacidad será necesario que el porcentaje de discapacidad sea del 33% o superior. Cabe mencionar que, aunque no sea lo habitual, este reconocimiento o certificado de discapacidad puede venir con fecha de caducidad, por lo que perderá sus efectos a partir de la fecha señalada. Dada esa circunstancia deberá solicitar una nueva valoración.

Aunque para algunas se tenga que cumplir con diversas condiciones, el reconocimiento de persona con discapacidad conlleva el derecho a ‘prestaciones-beneficios’ como: prestaciones no contributivas, deducciones en el IRPF, bonificaciones por rendimiento de trabajo, deducciones fiscales en la compra y la adaptación de vehículos, exención en el impuesto municipal de circulación, tarjeta de estacionamiento europeo, acceso a Centros Especiales de Empleo, ayudas del Gobierno Vasco para vivienda, ayudas técnicas-productos de apoyo, programas vacacionales, etc.

Por último, reseñar que desde Neuroalianza –entidad que engloba a las entidades CEAFA (Alzheimer), FEP (Párkinson), EME (Esclerosis Múltiple), ASEM (enfermedades neuromusculares) y ADELA (ELA)– se continúa reivindicando al Gobierno el reconocimiento del 33% con el diagnóstico de una enfermedad neurodegenerativa y la especial atención al baremo en los casos urgentes y graves. Esperemos que algún día, no muy lejano, pueda hacerse realidad.

Para más información acude  a tu asociación .

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